viernes, 24 de agosto de 2012

CAPITULO GENERAL DE LAS CARMELITAS MISIONERAS



El papel de un capítulo general en el proceso de re-fundación de un Instituto religioso
Cada Instituto religioso vive el Evangelio según un carisma determinado, que, en principio y generalmente, ha sido el carisma de un fundador o fundadora recibido y asumido por ese grupo de discípulos que formaran la primera comunidad. Dicho carisma ha venido siendo re-interpretado sin cesar a través de los años, incluso de los siglos, en función de las nuevas necesidades de la Iglesia y de la sociedad, as' como de las nuevas situaciones culturales. En ese carisma inicial, como en su fundamento, se basa todo el Instituto. Todo esfuerzo de renovación no viene a ser sino un retorno a tal
fundamento, es decir, una re-fundación.
Al urgir a todos los Institutos religiosos su labor de renovación, el Vaticano II apuntaba ya la secular institución del capítulo general como el más privilegiado instrumento para llevarla a cabo. A través de un Capítulo general es como asume nuevamente un instituto su carisma fundacional, haciendo de él una relectura en función del contexto eclesial y cultural de hoy y adoptando las más oportunas o necesarias decisiones para su renovada inserción en el entramado humano y eclesial contemporáneo.

El capítulo general como acontecimiento eclesial
Más que simplemente dado, un carisma es algo que se le ha confiado a alguien. No pertenece a la persona o grupo que lo reciben, sino a la Iglesia. Vale, exactamente, para el carisma de un Instituto religioso. Sin dejar de ser algo propiamente suyo, no lo es en propiedad exclusiva. Pertenece también, por su misma naturaleza, al pueblo entero de Dios, y no solamente a esos cientos o miles de miembros que forman actualmente el Instituto. Son ellos sus custodios, no sus propietarios. Es el pueblo de Dios, en su conjunto, el que tiene su derecho, y hasta su deber, de vigilancia sobre esta parte de su patrimonio: derecho y deber que ejerce la jerarquía eclesiástica en nombre de dicho pueblo de Dios, sobre todo a través de la aprobación de las Constituciones de cada Instituto.
El Capítulo de un Instituto no es, pues, un asunto privado que solamente afectara a los miembros de tal o cual Instituto. Se trata de un acontecimiento eclesial que interesa a toda la comunidad cristiana. Normal es, pues, que ella se interese y se preocupe por sus orientaciones. Para un Instituto no deja de ser una privilegiada oportunidad para la toma de conciencia nueva de sus vínculos con la Iglesia, cuya misión desempeña dentro de un sector determinado, y con el mundo al que por Cristo ha sido enviado.
Pueden los cristianos reunirse para vivir juntos o como grupo su vida cristiana con toda libertad y sin necesidad de reconocimiento jurídico ninguno. Pero desde el momento en que aspiran a ser reconocidos por la Iglesia como Instituto religioso, aceptan reconocerse custodios de un carisma eclesial. Cuando tal grupo está formado por una comunidad de comunidades, y no sólo por una comunidad local, es decir, como Congregación u Orden, es ya dicho conjunto el que tiene desde entonces la responsabilidad de discernir colegialmente la voluntad de Dios sobre él. El Capítulo general es todo un tiempo fuerte de tal discernimiento.

(Fuente:   carmelitasmisioneras.org)

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